Aún tiene tiempo: suspenderán desde setiembre 2010 celulares prepago sin registro


Con la medida se busca frenar la ola de extorsiones y secuestros. Si los abonados no corrigen esta situación hasta fines de febrero de 2011, la línea móvil será dada de baja.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) estableció que a partir del 1 de setiembre las operadores móviles deberán suspender parcialmente el servicio de telefonía a los abonados que no han consignado sus datos personales en el registro de abonados prepago.

Esta suspensión se mantendrá hasta el 30 de noviembre del 2010 y mientras dure los usuarios solo podrán recibir llamadas y mensajes de texto.

El MTC publicó hoy un decreto supremo que aprueba el procedimiento para la subsanación de la información consignada en el registro de abonados prepago , fijando tres etapas para este proceso.

Ello debido a que las operadoras móviles no han realizado los esfuerzos necesarios a efectos de que el proceso de subsanación de falta de información o datos erróneos en el registro de abonados, culmine el 30 de junio próximo.

La primera etapa establece que entre el 1 de julio y el 31 de agosto las operadoras móviles, antes del progreso de una llamada, informarán a los usuarios cuyos datos no han sido subsanados, acerca de su obligación de registrar sus datos personales en el registro de abonados prepago.

En el mensaje los operadores deberán informar a los abonados que en caso no registren sus datos, la línea será suspendida parcialmente el 1 de setiembre.

Los operadores móviles deberán habilitar una opción de numeración exclusiva destinada al referido registro, a efectos de facilitar la consignación de datos personales de los abonados.

La segunda etapa consta de la suspensión parcial del servicio, mientras que la tercera etapa, que se iniciará el primero de diciembre del 2010, comprende la suspensión total del servicio.

Esta suspensión se mantendrá hasta el 28 de febrero del 2011, procediendo la empresa operadora a dar de baja el servicio el 1 de marzo de ese año.

Durante esa etapa, las empresas operadoras deberán permitir a los usuarios el acceso a los servicios de información y asistencia, así como a los números de emergencia.

Fuente: Andina

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